Del clero al matrimonio igualitario: La TRANSformación de las uniones conyugales

Los registros civiles otorgan información valiosa sobre las diversas etapas de vida de la sociedad; contemplando nacimientos, defunciones, uniones y separaciones conyugales. El evento que ha tenido mayor modificación a lo largo del tiempo es el registro de las uniones conyugales, primero en 1859, cuando se instituyó el Registro Civil en México, y se oficializó la unión desde el estado y no desde el clero, y, en tiempos más recientes, su aprobación legal entre personas del mismo sexo.
Por - 16/06/2020
Del clero al matrimonio igualitario: La TRANSformación de las uniones conyugales

Foto Alejandra










Los registros civiles otorgan información valiosa sobre las diversas etapas de vida de la sociedad; contemplando nacimientos, defunciones, uniones y separaciones conyugales. El evento que ha tenido mayor modificación a lo largo del tiempo es el registro de las uniones conyugales, primero en 1859, cuando se instituyó el Registro Civil en México, y se oficializó la unión desde el estado y no desde el clero, y, en tiempos más recientes, su aprobación legal entre personas del mismo sexo.

El Artículo 121 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, decreta que cada entidad estatal establece su propio Código Civil, lo que indica que cada estado puede tomarse ciertas libertades en relación a los procedimientos de registro así como los requisitos para contraer nupcias.

Aún y cuando 19 estados de la República Mexicana permiten la unión conyugal entre personas del mismo sexo -donde la Ciudad de México fue pionera en el 2010-, se sigue buscando el que la aprobación sea unánime en todo el territorio nacional.

Los estados que la permiten por jurisdicción estatal al 2020 son: Ciudad de México (2010); Baja California (2014 * ); Coahuila de Zaragoza (2014); Chihuahua (2015); Nayarit (2015); Campeche (2016); Colima (2016); Jalisco (2016 * ); Michoacán de Ocampo (2016); Morelos (2016); Chiapas (2017 * ); Puebla (2017 * ); Quintana Roo (2017); Aguascalientes (2019 * ); Baja California Sur (2019); Hidalgo (2019); Nuevo León (2019 * ); Oaxaca (2019); San Luis Potosí (2019). Sin embargo, existen 4 municipios en Guerrero que lo permiten, así como 8 en Querétaro y 3 en Zacatecas.

Las estadísticas de nupcialidad del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), contemplan registros hasta el 2018 y haciendo un recuento del 2010 al 2018 en México, de los 5,017,744 matrimonios registrados, 7708 matrimonios indican que ambos contrayentes son hombres y 7836 mujeres.

En Coahuila, los datos indican que, del 2014 (año en que se legalizó) al 2018, hubo un total de 142,226 nupcialidades, donde 902 matrimonios fueron de contrayentes del mismo sexo; de las cuales el 64.07% fueron entre mujeres, equivalentes a 578 nupcias y, 32.92% ó 324 nupcias, fueron entre hombres.

Para Torreón, se datan 15,592 matrimonios desde el 2014, con 73 registros igualitarios; donde el porcentaje mayor también lo coronan las mujeres con 54 registros, equivalentes al 73.97%, y, los hombres 19 registros, representando un 26.03%. En Matamoros, tan sólo se encontraron 4 matrimonios igualitarios en el 2018; donde sólo uno 1 fue entre hombres.

En Coahuila, además del matrimonio, así como lo establece el Capítulo Primero de la Ley para la Familia de Coahuila de Zaragoza, en el Artículo 139; “El matrimonio es la unión de dos personas que consienten en realizar una comunidad de vida basada en el afecto, respeto, igualdad de trato y ayuda mutua, y toman de manera libre, responsable, voluntaria e informada, las decisiones”, también existen otros tipos de uniones legales; como lo es el concubinato, establecido en el Capítulo Décimo Primero, Artículo 248 de esta misma ley; “Los concubinos tienen derechos y obligaciones recíprocos siempre que, sin impedimentos legales para contraer matrimonio, hayan vivido en común en forma constante y permanente por un período mínimo de tres años”, y el pacto civil de solidaridad mencionado en el Capítulo Décimo Segundo, Artículo 252; “El pacto civil de solidaridad es un contrato celebrado por dos personas físicas, mayores de edad, de igual o distinto sexo, para organizar su vida en común. Quienes lo celebran se considerarán compañeros civiles.”.

Dejando clara la diferenciación de las diversas uniones en Coahuila, cabe resaltar que las estadísticas de INEGI tan sólo contemplan registros matrimoniales, sin embargo, los diversos registros del estado civil de las personas, así como la formación y disolución de sus uniones conyugales, proporcionan información significativa para analizar el comportamiento económico, social y reproductivo que en conjunto afectan el contexto sociodemográfico del país.


*Indica los Estados de la República que aceptan el matrimonio igualitario mediante un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Datos:

  • Del 2014 (año en que se legalizó el matrimonio igualitario en Coahuila) al 2018 se han registrado 73 matrimonios igualitarios en Torreón; 54 registros entre mujeres y 19 entre hombres.

  • El año con mayor nupcias igualitarias en Torreón fue el 2018, con 36 registros; 10 entre hombres y 26 entre mujeres

  • De los 73 matrimonios del mismo sexo registrados en Torreón, el 73.97% corresponden a contrayentes mujeres y 26.03% a contrayentes hombres

  • Hasta el momento se han registrado 4 matrimonios entre personas del mismo sexo en Matamoros

Referencias.-

Instituto Municipal de Planeación y Competitividad de Torreón

Instituto Municipal de Planeación y Competitividad de Torreón

Órgano técnico responsable de la planeación del desarrollo del municipio de Torreón, Coahuila, México.
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