¿Qué transformación urbana sufre la ciudad? Históricamente en Torreón los fraccionamientos y colonias habitacionales se proyectaron y construyeron en vecindarios de trama abierta, como la Colonia Los Ángeles, Torreón Jardín, San Isidro, Campestre La Rosita, etcétera. Este modelo físico espacial provocó vecindarios que por sus construcciones y áreas ajardinadas abonaron a crear paisaje y convivencia social, es decir contribuyeron a hacer ciudad y un hábitat amigable.
De acuerdo a cifras del INEGI (Censo de Población y Vivienda), del 2010 al 2015 se incrementó en 19,171 (11%) el número de viviendas en la Ciudad de Torreón, predominando aquellas que se ubican en conglomerados cerrados.
Las superficies ocupadas por los diversos modelos de organización habitacional de Torreón, pueden clasificarse en:
- Fraccionamientos cerrados: colonias que previas a su construcción, fueron concebidas como fraccionamientos cerrados con control de seguridad, ya sea con caseta de vigilancia o portón automático. Su superficie ocupada es de 2,049.81 Has. que representan el 17% del total.
- Colonias Cerradas: fueron concebidas como zonas residenciales con libre tránsito, pero por motivos de seguridad y vialidad, la mayoría de sus accesos fueron restringidos por elementos como: rejas, macetas o postes; dejando sólo uno o dos accesos. La superficie que ocupan es de 392.56 Has., representando el 3%.
- Fraccionamientos semi cerrados: debido a su traza urbana en circuito, callejones, vialidades curveadas, permiten su acceso libre en limitadas vialidades. Este tipo de diseño urbano es altamente susceptible a convertirse en colonias cerradas, debido su facilidad por clausurar y/o controlar sus accesos. Ocupan 428.11 Has. equivalente al 3%.
Tendencia urbanística actual 2005-2013
En el periodo comprendido entre 2005 y 2013, 67% de los conglomerados habitacionales desarrollados son de acceso controlado o cerrado. La superficie construida es de 4,279.10 Has., presentando el siguiente estatus:
- Los fraccionamientos cerrados ocupan 2,049.81 Has. -48% de la superficie-.
- Las colonias cerradas ocupan 392.56 Has. -9%-.
- Los fraccionamientos semi cerrados ocupan 428.11 Has. -9%-.
- Las colonias abiertas ocupan 1,408.62 Has. –33%-.
La superficie total de colonias residenciales construidas entre 2005 y 2013 es de 4,279.10 Has.
Repercusiones y problemáticas ante el cierre de fraccionamientos
Las áreas que los fraccionadores deben ceder al municipio están quedando confinadas al interior de los fraccionamientos cerrados, lo cual implica que los espacios públicos destinados al goce, recreación y desarrollo de los ciudadanos se limiten a unos cuantos habitantes.
Los fraccionamientos cerrados evitan e inhiben la creación de nuevos equipamientos educativos, al quedar situadas las áreas de cesión al interior de tales fraccionamientos.
El gobierno municipal pierde la capacidad de incrementar superficies utilizables para equipamientos y servicios públicos.
Se trunca la continuidad de las vialidades y por lo tanto la continuidad en los flujos de circulación vehicular.
La imagen urbana se deteriora con la presencia de paredes altas y barreras múltiples.
Se dificulta la prestación de servicios públicos y de emergencia.
Se desalienta la construcción de banquetas, columna vertebral de la peatonalización y del urbanismo moderno al exterior de los fraccionamientos cerrados.
Se incentiva la presencia "de basureros perimetrales" contiguos a los fraccionamientos cerrados; y se fragmenta el espacio público urbano.
Contrario a la tendencia urbana contemporánea de lograr cohesión ciudadana, los fraccionamientos cerrados incentivan la segmentación, la fragmentación y el resentimiento social.
Las bardas de los fraccionamientos cerrados favorecen la presencia de áreas inundadas, lo cual agrava la sensible problemática de anegamiento en diferentes áreas de la ciudad.
Reglamento de Zonificación Uso de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón
Hay que dejar en claro que de acuerdo con el Reglamento de Desarrollo Urbano, Zonificación, Uso de suelo y Construcción de Torreón, los fraccionadores que opten por desarrollar espacios cerrados tienen la opción de sujetarse al régimen de condominio horizontal, que se encuentra explicado en el Artículo 194 del mencionado Reglamento, disponible en Gaceta Municipal a partir del 11 de marzo del 2016.