Estamos viviendo una transición un proceso de cambio cultural en que las instituciones más allá de hacerse más operativas, tienen que empezar a entender las nuevas demandas de participación y de implicación ciudadana que existen.
La planeación urbana participativa es un concepto de corresponsabilidad que se forma entre el Estado y la sociedad dentro de un modelo de gobernanza, en donde los ciudadanos aportan ideas y evalúan los procesos de planeación del territorio que habitan, el sistema de los asentamientos humanos, las características sociales, económicas y ambientales, que permiten detectar los problemas y las posibles soluciones para lograr la mejor distribución de los recursos económicos y humanos, sin hacer despilfarro de ellos.
Un problema común de las ciudades es la concepción de grandes proyectos urbanos que se conciben bajo las políticas de intereses propios que surgen de un entorno físico, que necesita transformarse pero que casi nunca responden a las necesidades del ciudadano.
En la actualidad con una sociedad que se interesa cada vez más en las decisiones que inciden en el territorio, pueden ejecutarse transformaciones urbanas ágiles que democraticen la participación del ciudadano, permitiendo ser una ciudad incluyente resultado de una construcción colectiva.
Es de suma importancia tener en cuenta que los proyectos urbanos que se ejecutan en la ciudad deben de responder a los intereses y anhelos del ciudadano y que no se realicen solo bajo los parámetros técnicos políticos y económicos, teniendo en cuanta estos aspectos y la premisa que el ciudadano es el directo afectado o beneficiado de los cambios territoriales que sufre su entorno, es donde se ve la necesidad de materializar su real intervención en estos procesos de cambio y debe ser el principal activista en la gestión de su territorio.
La participación ciudadana no solo se debe quedar en la difusión de un proyecto que ya esté definido y diseñado y que en la mayoría de los casos no refleja los intereses de los habitantes, sino todo lo contrario, que el ciudadano se convierta en un agente que pueda apropiarse de las transformaciones vinculándose a ellas. El colectivo ciudadano necesariamente debe de estar inmerso en los procesos de renovación que favorecen a la formación de la ciudad.
El significado del término ciudadano hace referencia a aquel individuo que ocupa un área territorial ya sea urbano o rural, que posee derechos y deberes, que tiene la responsabilidad de convertirse en un ente consciente, informado y participativo de las condiciones que pueden generar un desarrollo real de la sociedad de su ciudad y del país.
Ser un agente de cambio en su proceso de modernización, de su adaptación a las nuevas tecnologías, de la elevación de calidad de vida, que permita convertirnos en una sociedad más humana y justa.
En la Constitución Política de México en los artículos 25 y 26 se hace referencia a las obligaciones y derechos que se otorgan al ciudadano en temas que tienen que ver con su intervención, representación y participación en temas de planes y programas de desarrollo, que tienen que ver con temas de ordenamiento, transformación renovación del territorio que habitan.
Existen dos canales fundamentales mediante los cuales se pone en práctica la participación ciudadana, el primero es de la representación y el segundo es el de la participación directa. El primer camino ha permitido que los ciudadanos escojan sus líderes políticos que en principio les corresponde ser promotores y gestores de los proyectos urgentes para la ciudad y aquellos que la proyectan a futuro. Sin embargo y sin entrar en una discusión algunos representantes no han resultado tan efectivos para la ciudad y sus habitantes, por esto tomar como opción la participación directa es una oportunidad para explorar nuevas estrategias de gestión que den resultados tangibles e inmediatos.
En el IMPLAN se han llevado acabo ejercicios de planeación participativa donde la ciudadanía pueda aportar ideas y conocer los procesos de planeación. Se han llevado a cabo varios talleres y actividades de participación ciudadana directa donde se recaban de primera mano cómo es que viven, perciben y les gustaría fueran sus espacios públicos y en general la vida de su metrópoli. Esto permite conocer como son las necesidades reales en el tema de ciudad y sobre todo optimizar el tiempo y los recursos que se invierten en la ciudad al mismo tiempo que se forman y promueven nuevas sinergias con los miembros de la comunidad, al generar espacios de trabajos y diálogos donde los perfiles políticos, técnicos y ciudadanos, se disuelvan para confluir en una sociedad democrática.
Se han realizado consultas públicas en temas urbanos en espacios públicos, en la Alameda Zaragoza, Bosque Venustiano Carranza y en el paseo dominical Paseo Colón, y en talleres con seis mesas de trabajo, con temas en buen gobierno y coordinación metropolitana, desarrollo económico, desarrollo social, entorno urbano, movilidad y transporte, medio ambiente y sustentabilidad al que asistieron expertos, líderes y estudiantes universitarios. En total se han realizado 4 talleres donde acudieron más de 264 líderes, 4 reuniones sectoriales, sumando en total más de 20 horas de duración en los talleres y en total más de 6000 horas – hombre.
Resumen de los artículos de la Constitución Política Mexicana, que hacen referencia a la participación ciudadana
Articulo 25
El Estado planeará, conducirá y orientará la actividad económica nacional y llevará a cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta constitución.
Al desarrollo económico nacional concurrirán con responsabilidad social, el sector público, el sector social y el sector privado.
Articulo 26
El estado organizará un sistema de planeación de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía.
La planeación será democrática. Mediante la participación de los diversos sectores sociales recogerá las aspiraciones y demandas de la sociedad para incorporar al plan y los programas de desarrollo.
La ley facultara al ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo