Tanto la administración pública, como cualquier entidad empresarial, necesitan procesos para la contratación, capacitación y baja de personal. Para el sector público los esquemas de contratación no son tan diferentes, sin embargo, la gran distinción se encuentra en el objetivo del servicio que se ofrece.
De acuerdo a la Auditoria Superior de la Federación, órgano encargado de fiscalizar los recursos públicos para prevenir prácticas irregulares y contribuir al buen gobierno, define la profesionalización de la función pública (o servicio civil) como las acciones que aseguren la eficiencia y la eficacia del servicio que otorgan sus trabajadores, en la cual se ven involucrados tanto fundamentos éticos para lograr una actitud y comportamiento honorable, como un conjunto de reglas que administran y desarrollan al personal, para que la administración pública responda con eficiencia y eficacia a las demandas que la sociedad plantea. Es así como la selección y posterior capacitación del personal en la administración pública se vuelve un instrumento de gobernabilidad, por lo que su aplicación cambia según el momento coyuntural de la administración en curso.
Los hitos en el servicio civil de carrera se dieron entre 1983 y 2000 donde se incluyó como propuesta en el Plan Nacional de Desarrollo de 1983-1988 y en el Programa de Modernización de la Administración Pública 1995-2000 (PROMAP). La razón principal fue reconocer la existencia de una clara desvinculación entre plaza y salario, lo que impedía un compromiso con el mejoramiento de la prestación de los servicios y la atención a la ciudadanía. En abril de 2003 la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad la Ley del Servicio Profesional de Carrera para la Administración Pública Federal (LSPCAPF). Un año después se aprobó el reglamento en el que se definió el servicio civil de cerrera, y el servicio profesional de carrera como un esquema para definir el ingreso, la formación del servidor público, la promoción y carrera en el servicio público, la evaluación del desempeño y suspensión y el retiro del cargo.
Este servicio civil abarcaría alrededor de 46 mil funcionarios del sector público federal desde el puesto de Enlace hasta el de Director General. Las dependencias cubiertas son todas las federales exceptuando los organismos descentralizados, así como personal de Presidencia, Secretaría de Relaciones Exteriores, Secretaría de Educación Pública; personal médico y de las Fuerzas Armadas. La operación del sistema recayó en la Secretaría de la Función Pública (SFP); cabe destacar que el servicio civil se enfoca en los puestos cuya permanencia se considera necesaria para llevar a buen término la gestión pública.
En el Foro Nacional de Profesionalización del Servicio Público, convocado por el INAFED, se destacaron muy pocas entidades que han previsto desarrollar esquemas completos de servicio civil de carrera. Y de acuerdo, con esa misma fuente, solo Coahuila, Colima, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Nayarit, Puebla y Sonora han promulgado leyes orgánicas municipales que prevén la obligación de establecer esos sistemas.
La preparación de los servidores representa la piedra angular del funcionamiento integral de la administración, la cual se refleja en la preparación del individuo para la función de su puesto. Según el censo Nacional de gobiernos municipales y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, la escolaridad de los funcionaros varía desde primaria incompleta hasta doctorado. Se destaca que el 21.9% del total del personal de las administraciones públicas municipales cuenta con estudios de preparatoria. Visto desde el índice de marginación municipal, quienes presentan muy alto índice de marginación la preparación de su personal se divide en 24.9% con preescolar o primaria, 23.6% con secundaria y 25% con Preparatoria, mientras que los municipios con muy bajo índice de marginación presentan 13.5% del personal con preescolar o primaria, 23.5% con secundaria y 23.8% con preparatoria.
Aunado a la escolaridad se encuentra la experiencia laboral previa a ocupar un cargo público en la administración municipal, del censo antes mencionado se obtuvo que a nivel nacional el 27.9% de los síndicos y el 28.4% de los regidores tuvieron como empleo anterior un negocio propio. Solo el 10% de los regidores y el 14.6% de los síndicos habían tenido un empleo previo en el gobierno municipal, y el 8.7% de regidores y el 10.2% de los síndicos era su primer trabajo.
De los elementos más comunes de profesionalización se encuentran programas de capacitación, actualización de perfiles de puesto, mecanismos de evaluación del desempeño, reclutamiento, selección e inducción y diseño curricular. En este punto el municipio de Torreón cuenta con dos reglamentos vigentes: el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera, y el Reglamento del Sistema de Servicio Civil de Carrera. Un portal de transparencia donde es posible consultar los perfiles de cada puesto y la reciente constitución de un Comité del Servicio Profesional de Carrera Municipal, de conformidad a lo establecido en el título noveno capítulo único del Código Municipal de Coahuila de Zaragoza.