Torreón, Coahuila a 15 de mayo de 2020.
H. Cabildo de Torreón aprueba la propuesta del IMPLAN del nuevo Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción.
Agradecemos en mucho al Honorable Cabildo de Torreón la aprobación por unanimidad de la propuesta del IMPLAN del nuevo Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción de Torreón, dicho instrumento contribuirá sustancialmente a mejorar la calidad de vida, la prosperidad y competitividad urbana de la ciudad.
CONTEXTO
ONU-HABITAT III, que es la conferencia que realizan los países miembros cada 20 años para determinar las políticas en desarrollo urbano, publicó en el año 2016 La Nueva Agenda Urbana en Quito, Ecuador, donde recomienda las políticas públicas hacia el Desarrollo Urbano Sostenible bajo el lema: “Que nadie se quede atrás”; México adopta este compromiso en el 2016 promulgando la nueva Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano (LGAHOTDU) y en el 2017 Coahuila promulga su Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, obligando a sus 38 municipios a actualizar su reglamentación en materia.
PROBLEMÁTICA
Torreón ha crecido horizontalmente de forma exponencial, desde 1970 creció 7 veces en extensión mientras su población sólo 3, cuando ONU-HABITAT recomienda proporción 1:1. El Índice Básico de las Ciudades Prósperas de ONU-HABITAT en el 2015 calificó en su indicador de expansión urbana con 0 sobre 100 a la ciudad. Hoy en día existen 275 automóviles por cada 1,000 habitantes y para el 2030 se tiene esperado que una persona de cada dos se mueva en automóvil particular, con todas las externalidades que representa, tales como daños a la salud por la contaminación de gases efecto invernadero y auditiva, aumento en la tasa de hechos viales y congestionamiento.
Desde el 2005, más del 62% de la nueva superficie habitacional son modelos de urbanización de acceso controlado. Sin una regularización pertinente se generan condiciones adversas a la habitabilidad urbana por áreas de cesión municipal sin libre acceso a toda la ciudadanía generando falta de equipamientos públicos, una imagen urbana excluyente con cientos de metros de bardas que provocan focos de suciedad y sensación de inseguridad.
Pérdida de densidad en las zonas céntricas, quedando sin población las áreas históricas y consolidadas de la ciudad. Las colonias de Primitivo Centro y Primera de Cobián no presentan densidades mayores a 28 habitantes por hectárea (hab/ha), En contraste existe una periferia que crece constantemente, como Sol de Oriente con 109 hab/ha, esto genera una ciudad central consolidada en proceso de deshabitarse contra una periferia con mucha necesidad de servicios públicos.
Torreón es una zona vulnerable a eventos hidrometeorológicos con una superficie prácticamente plana. De la precipitación pluvial de 227mm, el 53% suele llover en tan solo 24 horas en forma torrencial, dañando el patrimonio de la ciudadanía. Dicha vulnerabilidad, lejos de disminuir se encuentra creciendo al ritmo de las nuevas urbanizaciones que no mitigan dicho efecto.
OBJETIVOS
El IMPLAN Torreón, por petición del Honorable Cabildo de Torreón, presentó una propuesta para armonizar la reglamentación municipal con la Agenda Urbana ONU-HABITAT, Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Coahuila de Zaragoza, y tiene como objetivos:
Establecer los principios de la planeación urbana de acuerdo con la Nueva Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.
Determinar mecanismos y procedimientos para el otorgamiento de permisos, autorizaciones y licencias para la realización de actividades propias del desarrollo urbano.
Establecer lineamientos, metodologías y criterios técnicos para el desarrollo de acciones urbanas y actividades a través de las normas técnicas que de él emanan.
Contemplar criterios generales para el desarrollo urbano en el municipio con enfoque sostenible.
Generar simplificación de diversos trámites y disminución de costos para las personas promotoras, todo bajo el enfoque de Mejora Regulatoria.
La presente iniciativa, cuyo nombre se propone como “Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción de Torreón” deroga al reglamento de Desarrollo Urbano, Zonificación, Uso de Suelo y Construcción del Municipio de Torreón.
PROCEDIMIENTO
El IMPLAN Torreón realizó la propuesta en diferentes etapas, de tal forma que, durante el transcurso de dos años, se analizó el marco jurídico vigente, las innovaciones en temas de sostenibilidad, la realidad del desarrollo urbano, las problemáticas de las dependencias administrativas involucradas y la opinión de la ciudadanía en general.
Primera Etapa. Se trabajó junto con GT Consultores una propuesta técnica con asesoría de Gabriel Todd Alanís, Ex Director General del IMPLAN Monterrey y Consultor de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Cámara del Senado de la República Mexicana con amplia experiencia en temas urbanos.
Segunda Etapa. Se conformó un grupo de trabajo de dependencias municipales que directamente están involucradas en el quehacer del desarrollo urbano de la ciudad, produciendo un grupo técnico interdisciplinario que revisó la propuesta y la enriqueció con más de 260 observaciones que modificaron un total del 20% del reglamento antes vigente. El grupo se conformó por las direcciones generales de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, Obras Públicas, Vialidad y Movilidad Urbana, Medio Ambiente, Servicios Públicos Municipales, Protección Civil y la Secretaría del Ayuntamiento.
Tercera Etapa. Una vez observada la propuesta por las dependencias municipales, se abrió un proceso de socialización donde se invitó a participar a la ciudadanía a través de actores clave. En esta etapa se invitó:
Consejo del IMPLAN Torreón.
Cámaras de la Industria:
Cámara Nacional de la Industria de Desarrollo y Promoción de Vivienda.
Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción.
Cámara Nacional de la Industria de la Transformación.
Cámara Nacional de Comercio.
Confederación Patronal de la República Mexicana.
Cámara de la Propiedad Urbana de Torreón.
Colegios de Profesionistas:
Colegio de Arquitectos de la Comarca Lagunera.
Colegio de Ingenieros Civiles de La Laguna.
Colegio de Mecánicos Eléctricos y Electricistas.
Universidades:
Universidad Iberoamericana Torreón.
Tecnológico de Monterrey Campus Laguna.
Universidad Autónoma de Coahuila.
Universidad La Salle Laguna.
Universidad Autónoma de La Laguna.
Universidad Tecnológica de Torreón.
Se recibieron más de 160 observaciones las cuales se concentraron mayoritariamente en los siguientes cuatro temas principales: Atribución de los Órganos Auxiliares, Trámites, Normas Técnicas y Lineamientos de Fraccionamientos Habitacionales.
Cuarta Etapa. Una vez recibidas las observaciones de la socialización, se procesaron y resolvieron, integrando las pertinentes. Se conformó el Comité Técnico de Arbitraje, integrado por autoridades municipales, el cual tuvo como principal función atender a observaciones complejas y poder resolverlas.
Las personas que integraron el Comité fueron una persona representante del IMPLAN Torreón, Ordenamiento Territorial y Urbanismo, Obras Públicas, Asuntos Jurídicos, Fomento Económico e Innovación Gubernamental, la presidencia y la secretaría de las comisiones de Gobernación y Reglamentación, y de Planeación, Urbanismo y Obras Públicas.
CONTENIDO E INNOVACIONES
En síntesis, la presente propuesta de Reglamento de Desarrollo Urbano y Construcción de Torreón se fundamenta en seis principios modificadores emanados del marco jurídico antes explicado:
En Derecho a la ciudad, equidad e inclusión:
Las actividades que realice la autoridad municipal para ordenar los asentamientos humanos, se realizan atendiendo el cumplimiento sin distinción ni discriminación.
Se redacta el proyecto conforme a lo dictado por el Reglamento para el Uso del Lenguaje No Sexista.
Se impulsa el desarrollo de Suelo Mixto siempre y cuando no genere riesgos, problemas de salud o molestias demostrables a la población.
Se actualizan los lineamientos y normas para fraccionamientos de acuerdo a las nuevas disposiciones jurídicas.
Áreas de cesión accesibles.
Incentivos a la conservación del patrimonio liberando sus lineamientos urbanos siempre y cuando se respeten sus características patrimoniales.
En protección y progresividad del Espacio Público:
Quedan prohibidos cajones exclusivos de estacionamiento en la vía pública salvo personas con discapacidad, uso habitacional, utilidad pública o en polígonos que considere el Plan Director de Desarrollo Urbano.
Se incorporan normas técnicas para las banquetas en materiales, pendientes y dimensiones; mínimo 3.00 m de ancho en banquetas según la Ley Estatal de Asentamientos Humanos.
La vía pública es para el libre tránsito y la convivencia de la ciudadanía, cualquier otro uso necesita autorización expresa y su correspondiente pago.
Definición, especificaciones, restricciones y características de los parques de bolsillo a través de la figura de microparques.
Utilización de baldíos y remanentes viales para recreación y esparcimiento de la ciudadanía en general.
En Accesibilidad Universal y Movilidad:
Se libera la imposición de mínimo de cajones de estacionamiento, a cambio se solicita programa de movilidad o estudio de mercado siguiendo el Artículo 71 de la Ley General de Asentamientos Humanos.
Los espacios de estacionamiento de vehículos deberán solucionarse:
Al interior del predio.
En predios a una distancia de 500 m.
Mediante Programa de Movilidad.
Se procura la accesibilidad para las personas con discapacidad con Normas del Manual de Calles de la SEDATU.
Se agrega el concepto de CALLE COMPLETA y se complementa con normas técnicas del Manual de Calles de la SEDATU.
Se prioriza la pirámide de movilidad para la vía pública.
Se prohíben los proyectos que puedan anular, limitar, menoscabar o dificultar la movilidad sustentable, la accesibilidad universal, la convivencia y el uso efectivo del espacio público.
En Sustentabilidad Ambiental:
Para cualquier acción urbana que contemple Infraestructura Verde deberá seguirse las especificaciones del Manual de Diseño de Infraestructura Verde para Municipios Mexicanos.
Se propone un capítulo especial para áreas verdes y recursos naturales.
Los fraccionamientos habitacionales de acceso controlado, pueden usar un porcentaje del área verde de la cesión dentro del área controlada, si cumplen con infraestructura verde.
Se hacen una serie de actualizaciones en materia de arborización urbana de mano del experto Arborista Cosijoopii Montero.
Se determinan las especies de árboles urbanos ya sea endémicos o adaptados que pueden utilizarse.
Toda edificación de + 4 niveles o mayor a 2,000 m2 de área de construcción debe incluir materiales, ventanas con vidrio aislante y diseño que le permita conservar energía, así como reciclar agua o captar la de lluvia para fines de uso propio para lo cual se permite usar el código de conservación de energía para edificaciones de México 2016.
En Resiliencia:
Prohibición de acciones urbanas en zonas de riesgo contemplados en el Plan Director de Desarrollo Urbano y Atlas de Riesgo.
Se agrega como norma complementaria el Manual de Diseño de Obras Civiles de la Comisión Federal de Electricidad.
Normas Técnicas para mitigar el riesgo por fenómenos hidrometeorológicos, geológicos, químicos y antropogénicos.
Se responsabiliza en materia de lo pluvial al Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento (SIMAS).
Se incorpora el Proyecto de Manejo Integral de Aguas Pluviales y Normas Técnicas específicas para Aguas Pluviales.
Las vialidades deben quedar capacitadas para desalojar escurrimientos superficiales.
Acciones urbanas diferentes a fraccionamientos mayores a 2,000 m2 deben cumplir con normas de infraestructura verde en sus áreas de cesión.
Incentivos para la utilización de Infraestructura Verde.
En Participación Democrática y Control Urbano:
Se armonizan los conceptos del Reglamento con las nuevas leyes y el paradigma de la sustentabilidad.
Se integran al reglamento nuevas atribuciones otorgadas por las nuevas disposiciones jurídicas y los 17 principios de política pública.
Se refuerzan los procesos de acreditación al Director/Directora Responsable de Obra (DRO), y se otorga la facultad de firmar como Corresponsable, siempre que esté acreditada en la especialidad correspondiente.
Se refuerzan el carácter consultivo y ciudadano del Consejo Municipal de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, se reestructura su conformación y se fijan reuniones bimestrales.
Se reforma la Comisión de Actualización del Reglamento y Normas Técnicas, otorgando facultades para mantener actualizado el reglamento.
Se establecen los requisitos, tiempos y condiciones para la expedición y renovación de las licencias, autorizaciones, constancias y permisos de acuerdo con las nuevas disposiciones jurídicas y la realidad de la Dirección, así como el trámite vía electrónica.
Se actualiza el listado de giros del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE), resultado del consenso entre Dirección de Urbanismo, Desarrollo Económico y Ventanilla Universal.
La Dirección no autorizará Licencias de Construcción en fraccionamientos autorizados hasta que se formalicen las escrituras de áreas de cesión municipal.